Eliminación obligatoriedad conversión en SAD
Publicado: Sab Feb 02, 2019 10:51 am
Fuente: Palco23.com
El borrador de Ley del Deporte contempla la supresión de la norma que en 1992 obligó a los equipos de fútbol y baloncesto a convertirse en una mercantil. Ahora se establecerán mayores mecanismos de control a cambio de no forzar la conversión en empresa.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez defiende la medida porque “este modelo de participación se mostró ineficaz” cuando la Comisión Europea decidió calificar como ayudas de Estado el hecho de que estos cuatro equipos no fueran obligadas a convertirse en SAD, “lo que les otorgaba cierta ventaja” sobre sus rivales. Ahora, “se abre el espectro para que puedan seguir siendo clubes, SAD o sociedades limitadas (SL). A cambio de esta apertura de modelo de organización empresarial, se establecen las comisiones de control económico y las auditorías”, ha señalado Guirao.
A cambio de esta libertad de elección, la propuesta de nueva Ley del Deporte “ha potenciado la capacidad de los organizadores de estas competiciones, esencialmente ligas, para realizar sistemas de control económico de estos participantes que garanticen su viabilidad y la integridad de los torneos. Este modelo garantizará que un mayor número de competiciones deportivas pueden acceder a la categoría de profesionales”. Además, todos los equipos de ligas profesionales o profesionalizadas deberán remitir sus cuentas anuales al Consejo Superior de Deportes (CSD).
Era una medida también esperada por muchos equipos pequeños que, pese a su solvencia económica, se vieron obligados a ejecutar importantes ampliaciones de capital para poder competir en la élite. El capital mínimo exigido ha ido creciendo a medida que subía el negocio del fútbol y el baloncesto, hasta ahora las dos únicas ligas profesionales.
Desde 2018, el capital mínimo que un equipo debe reunir para ser una sociedad anónima deportiva (SAD) y pasar de Segunda División B a la Liga 1|2|3 es de 3,25 millones de euros. Se trata de un aumento interanual del 24,5% y un récord histórico, pues la anterior marca establecida por el Consejo Superior de Deportes (CSD) fue en 2010, cuando se exigían 2,88 millones de euros. En el caso del balompié, este mínimo cayó de forma drástica en 2012, y se ha ido recuperando año a año, en línea con el saneamiento impulsado desde que Javier Tebas tomó las riendas de la asociación de clubes.
La propuesta de supresión de la SAD obligatoria llega un año después de que se cumpliera un cuarto de siglo de este fenómeno, al que sólo sobrevivieron FC Barcelona, Real Madrid, Athletic Club y CA Osasuna por estar saneados económicamente en aquel momento. Al resto, se les obligó a transformarse en empresa, con capital social, accionistas y la obligación de conseguir una cuenta de resultados estable para no verse sujeto a supuestos como la suspensión de pagos.
En Primera División, hay otros tres clubes que en sus estatutos recogen que una sola persona no pueda poseer más de entre el 3% o el 5% de los títulos, con tal de evitar que se pierda la esencia de club social y que la junta de accionistas se asemeje al máximo a una asamblea general de socios, en la que cualquier miembro puede solicitar información o expresar sus opiniones sobre el buen gobierno de la institución. Se trata de Real Sociedad, RC Deportivo y la SD Eibar, el último club de la élite que tuvo que transformarse en SAD para cumplir con las normas del CSD y poder jugar en LaLiga.
A día de hoy, una quincena de equipos de Primera y Segunda cuentan con algún colectivo de socios minoritarios, si bien su representación en términos porcentuales jamás acostumbra a sobrepasar el 5% del capital, salvo en contadas excepciones como en el Real Betis o el Sevilla FC, con plataformas muy activas y un alto grado de incidencia debido a su papel decisor entre los principales bloques de accionistas.
El borrador de Ley del Deporte contempla la supresión de la norma que en 1992 obligó a los equipos de fútbol y baloncesto a convertirse en una mercantil. Ahora se establecerán mayores mecanismos de control a cambio de no forzar la conversión en empresa.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez defiende la medida porque “este modelo de participación se mostró ineficaz” cuando la Comisión Europea decidió calificar como ayudas de Estado el hecho de que estos cuatro equipos no fueran obligadas a convertirse en SAD, “lo que les otorgaba cierta ventaja” sobre sus rivales. Ahora, “se abre el espectro para que puedan seguir siendo clubes, SAD o sociedades limitadas (SL). A cambio de esta apertura de modelo de organización empresarial, se establecen las comisiones de control económico y las auditorías”, ha señalado Guirao.
A cambio de esta libertad de elección, la propuesta de nueva Ley del Deporte “ha potenciado la capacidad de los organizadores de estas competiciones, esencialmente ligas, para realizar sistemas de control económico de estos participantes que garanticen su viabilidad y la integridad de los torneos. Este modelo garantizará que un mayor número de competiciones deportivas pueden acceder a la categoría de profesionales”. Además, todos los equipos de ligas profesionales o profesionalizadas deberán remitir sus cuentas anuales al Consejo Superior de Deportes (CSD).
Era una medida también esperada por muchos equipos pequeños que, pese a su solvencia económica, se vieron obligados a ejecutar importantes ampliaciones de capital para poder competir en la élite. El capital mínimo exigido ha ido creciendo a medida que subía el negocio del fútbol y el baloncesto, hasta ahora las dos únicas ligas profesionales.
Desde 2018, el capital mínimo que un equipo debe reunir para ser una sociedad anónima deportiva (SAD) y pasar de Segunda División B a la Liga 1|2|3 es de 3,25 millones de euros. Se trata de un aumento interanual del 24,5% y un récord histórico, pues la anterior marca establecida por el Consejo Superior de Deportes (CSD) fue en 2010, cuando se exigían 2,88 millones de euros. En el caso del balompié, este mínimo cayó de forma drástica en 2012, y se ha ido recuperando año a año, en línea con el saneamiento impulsado desde que Javier Tebas tomó las riendas de la asociación de clubes.
La propuesta de supresión de la SAD obligatoria llega un año después de que se cumpliera un cuarto de siglo de este fenómeno, al que sólo sobrevivieron FC Barcelona, Real Madrid, Athletic Club y CA Osasuna por estar saneados económicamente en aquel momento. Al resto, se les obligó a transformarse en empresa, con capital social, accionistas y la obligación de conseguir una cuenta de resultados estable para no verse sujeto a supuestos como la suspensión de pagos.
En Primera División, hay otros tres clubes que en sus estatutos recogen que una sola persona no pueda poseer más de entre el 3% o el 5% de los títulos, con tal de evitar que se pierda la esencia de club social y que la junta de accionistas se asemeje al máximo a una asamblea general de socios, en la que cualquier miembro puede solicitar información o expresar sus opiniones sobre el buen gobierno de la institución. Se trata de Real Sociedad, RC Deportivo y la SD Eibar, el último club de la élite que tuvo que transformarse en SAD para cumplir con las normas del CSD y poder jugar en LaLiga.
A día de hoy, una quincena de equipos de Primera y Segunda cuentan con algún colectivo de socios minoritarios, si bien su representación en términos porcentuales jamás acostumbra a sobrepasar el 5% del capital, salvo en contadas excepciones como en el Real Betis o el Sevilla FC, con plataformas muy activas y un alto grado de incidencia debido a su papel decisor entre los principales bloques de accionistas.