Acabo de leer que la Cultural Leonesa se presentó en Zamora a última hora.
¿ Qué pasaría si faltan a dos partidos ? Creo recordar haber leido cuando la Muela no iba a venir a Ipurua que valdrían los resultados de la primera vuelta, por estar ya finalizada, y que los de la segunda vuelta de ese equipo se anularían.
¿ Nos podría beneficiar, ya que nosotros perdimos contra ellos en la segunda vuelta ?
Alguien lo puede aclarar.
Gracias.
CULTURAL LEONESA
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CULTURAL LEONESA
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- marraskilo
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Re: CULTURAL LEONESA
Pues si nos beneficiaría, pues se mantendrían los resultados obtenidos en la primera vuelta y se sumarían tres puntos para todos los equipos en la segunda vuelta.TXOPO escribió:Acabo de leer que la Cultural Leonesa se presentó en Zamora a última hora.
¿ Qué pasaría si faltan a dos partidos ? Creo recordar haber leido cuando la Muela no iba a venir a Ipurua que valdrían los resultados de la primera vuelta, por estar ya finalizada, y que los de la segunda vuelta de ese equipo se anularían.
¿ Nos podría beneficiar, ya que nosotros perdimos contra ellos en la segunda vuelta ?
Alguien lo puede aclarar.
Gracias.
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Marraskillo no es por llevarte la contraria pero discrepo en lo que dices. Lo que dices que los resultados de la primera vuelta seguiran inamovibles cierto pero en la segunda vuelta, no se sumarian tres puntos a los demas equipo es mas creo que se descuentan los obtenidos. Creo que en el post del CD La Muela hablamos de algo parecido.
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- marraskilo
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El reglamento dice esto:
Artículo 77. La incomparecencia a los partidos y la retirada de la competición.
1. La incomparecencia de un equipo a un partido oficial o la retirada de la competición, producirán las siguientes consecuencias:
1. Siendo la competición por eliminatorias se considerará perdida para el incomparecido o retirado la fase de que se trate, y si se produjese en el partido final éste se disputará entre el otro finalista y el que fue eliminado por el infractor.
En cualquier caso el incomparecido o retirado no podrá participar en la próxima edición del torneo.
2. Tratándose de una competición por puntos, se computará el encuentro por perdido al infractor, descontándole, además, tres puntos en su clasificación, declarando vencedor al oponente, por el tanteo de tres goles a cero.
En el supuesto de una segunda incomparecencia en la misma temporada, el culpable será excluido de la competición, con los efectos siguientes:
1. Si la infracción se consumara en la primera vuelta, se anularán todos los resultados obtenidos por los demás clubes que con él hubieren competido.
2. Si lo fuere en la segunda vuelta, se aplicará idéntica norma en relación con los partidos correspondientes a ésta, pero respetándose todas las puntuaciones conseguidas en el transcurso de la primera.
3. El club así excluido quedará adscrito al término de la temporada a la división inmediatamente inferior, -computándose entre las plazas previstas para el descenso en las bases de la competición-, sin derecho a ascender hasta transcurrida una más, y si al consumarse la infracción estuviera virtualmente descendido, a la inmediatamente siguiente.
Artículo 77. La incomparecencia a los partidos y la retirada de la competición.
1. La incomparecencia de un equipo a un partido oficial o la retirada de la competición, producirán las siguientes consecuencias:
1. Siendo la competición por eliminatorias se considerará perdida para el incomparecido o retirado la fase de que se trate, y si se produjese en el partido final éste se disputará entre el otro finalista y el que fue eliminado por el infractor.
En cualquier caso el incomparecido o retirado no podrá participar en la próxima edición del torneo.
2. Tratándose de una competición por puntos, se computará el encuentro por perdido al infractor, descontándole, además, tres puntos en su clasificación, declarando vencedor al oponente, por el tanteo de tres goles a cero.
En el supuesto de una segunda incomparecencia en la misma temporada, el culpable será excluido de la competición, con los efectos siguientes:
1. Si la infracción se consumara en la primera vuelta, se anularán todos los resultados obtenidos por los demás clubes que con él hubieren competido.
2. Si lo fuere en la segunda vuelta, se aplicará idéntica norma en relación con los partidos correspondientes a ésta, pero respetándose todas las puntuaciones conseguidas en el transcurso de la primera.
3. El club así excluido quedará adscrito al término de la temporada a la división inmediatamente inferior, -computándose entre las plazas previstas para el descenso en las bases de la competición-, sin derecho a ascender hasta transcurrida una más, y si al consumarse la infracción estuviera virtualmente descendido, a la inmediatamente siguiente.
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